- En concreto se trata de una iniciada a partir de una demanda interpuesta en 2015 por la familia iraní Dayyani contra el Gobierno surcoreano
Entonces, esta familia iraní pagó un adelanto de 57.800 millones de wones, sin embargo el citado grupo de acreedores anuló el contrato, alegando que era insuficiente la carta de compromiso enviada por el inversor, pues presentaba una inversión inferior en unos 154.500 millones de wones a la cifra necesaria para la adquisición de Daewoo Electronics.
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La demanda presentada por los Dayyani tuvo por objeto recuperar el adelanto que pagaron más intereses, un total de 73.000 millones de wones, sobre la cual el Centro Internacional de Resolución de Diferencias sobre Inversiones, falló a favor de la mencionada familia, propietaria de una empresa fabricante de productos electrónicos.
Los árbitros determinaron que a través de su agencia especializada en cobro de deudas, la Corporación Coreana de Gestión de Activos o KAMCO, el Gobierno surcoreano abusó de sus potestades e incumplió el deber de trato justo y equitativo que exigen los tratados pertinentes, resolviendo en consecuencia a favor de Dayyani.
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